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Visas Visitante (tipo V)

    • Para el extranjero que va prestar asistencia técnica a una compañía en Colombia.

    • Esta visa permite ejercer únicamente la actividad registrada y autorizada en la visa, y exclusivamente para la persona jurídica requirente. No permite tener un contrato de trabajo en Colombia.

    • No admite dependientes.

    • Hasta dos (2) años. Puede ser por menos tiempo dependiendo del tiempo de la actividad o de la decisión del oficial de visas. La permanencia en el territorio nacional será de máximo ciento ochenta (180) días calendario, continuos o discontinuos, improrrogables en cada trescientos sesenta y cinco (365) días calendario desde la expedición de la visa.

    • Esta visa se emite con entradas múltiples.

    • La visa expirará automáticamente si el extranjero permanece en el país por más de 180 días en un período de 365 días contados a partir de la fecha de emisión de la visa; o si la asistencia técnica finaliza de manera anticipada.

    • El tiempo de tramitación del visado es de aproximadamente 45 días calendario a partir de la presentación de la documentación completa requerida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

    • Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia:  Si el extranjero se encuentra en Colombia.

      Consulado de Colombia: si el extranjero se encuentra en su lugar de residencia u origen.

    • El ejercicio de determinadas profesiones y actividades está regulado por los Consejos Profesionales. Para ejercer una profesión/actividad regulada es necesario contar con acreditaciones colombianas que varían desde un permiso profesional hasta una convalidación de título más licencia permanente.

    • Los documentos que se presenten como soporte para solicitud de visa, diferentes a pasaportes o documentos de viaje válidos y vigentes, deberán tener fecha de expedición no mayor a tres (3) meses antes del registro de la solicitud.

      Todo documento creado o emitido en el exterior, deberá contar con apostilla o legalización y traducción oficial al castellano cuando no se encuentre en este idioma.

    • Para casos y circunstancias no previstas en la resolución de visas.

    • Esta visa no permite trabajar o desarrollar actividad remunerada con persona jurídica o natural domiciliada en el territorio nacional.

    • No admite dependientes.

    • Hasta dos (2) años. Puede ser por menos tiempo dependiendo de la decisión del oficial de visas.

    • Esta visa se emite con entradas múltiples.

    • La visa expirará automáticamente si cambian las circunstancias por las cuales fue otorgada.

    • El tiempo de tramitación del visado es de aproximadamente 45 días calendario a partir de la presentación de la documentación completa requerida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

    • Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia:  Si el extranjero se encuentra en Colombia.

      Consulado de Colombia: Si el extranjero se encuentra en su lugar de residencia o país de origen.

    • Los documentos que se presenten como soporte para solicitud de visa, diferentes a pasaportes o documentos de viaje válidos y vigentes, deberán tener fecha de expedición no mayor a tres (3) meses antes del registro de la solicitud.

      Todo documento creado o emitido en el exterior, deberá contar con apostilla o legalización y traducción oficial al castellano cuando no se encuentre en este idioma.

    • Para los extranjeros que realizarán una transferencia intracorporativa de acuerdo a los TLC entre Colombia y otros Estados.

    • Esta visa permite únicamente la prestación de los servicios registrados y autorizados en la visa, y exclusivamente para la organización requirente. No permite tener un contrato de trabajo en Colombia.

    • Hijos menores de 25 años.

      Cónyuge o compañero permanente

    • La visa se puede otorgar con una validez máxima de hasta 2 años. Podría ser menor, dependiendo de la duración de la transferencia y la decisión del oficial de visas.

    • Esta visa se emite con entradas múltiples.

    • La visa expirará automáticamente si la transferencia finaliza de manera anticipada.

    • El tiempo de tramitación del visado es de aproximadamente 45 días calendario a partir de la presentación de la documentación completa requerida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

    • Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia:  Si el extranjero se encuentra en Colombia.

      Consulado de Colombia: Si el extranjero se encuentra en su lugar de residencia o país de origen.

    • El ejercicio de determinadas profesiones y actividades está regulado por los Consejos Profesionales. Para ejercer una profesión/actividad regulada es necesario contar con acreditaciones colombianas que varían desde un permiso profesional hasta una convalidación de título más licencia permanente.

    • Los documentos que se presenten como soporte para solicitud de visa, diferentes a pasaportes o documentos de viaje válidos y vigentes, deberán tener fecha de expedición no mayor a tres (3) meses antes del registro de la solicitud.

      Todo documento creado o emitido en el exterior, deberá contar con apostilla o legalización y traducción oficial al castellano cuando no se encuentre en este idioma.

    • Para los extranjeros que estudiarán en Colombia, realizarán prácticas estudiantiles o intercambio académico.

    • Esta visa permite al extranjero estudiar únicamente en la institución y carrera por la cual fue otorgada. Permite trabajar únicamente al estudiante universitario de posgrado, hasta veinte (20) horas semanales.

    • La visa de Visitante-Estudiante no permite el patrocinio de dependientes, excepto a los estudiantes de posgrado:

       

      Hijos menores de 25 años.

      Cónyuge o compañero permanente.

    • La visa se puede otorgar con una validez máxima de hasta 2 años. Podría ser menor, dependiendo de la duración de los estudios y la decisión del oficial de visas.

    • Esta visa se emite con entradas múltiples.

    • La visa expirará automáticamente si el extranjero se ausenta del país por más de 90 días continuos; si culmina los estudios o si se retira de la institución.

    • El tiempo de tramitación del visado es de aproximadamente 45 días calendario a partir de la presentación de la documentación completa requerida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

    • Colombia: Si el solicitante se encuentra en Colombia.

      Consulado: Si el solicitante está en su país de residencia u origen.

    • El ejercicio de determinadas profesiones y actividades está regulado por los Consejos Profesionales. Para ejercer una profesión/actividad regulada es necesario contar con acreditaciones colombianas que varían desde un permiso profesional hasta una convalidación de título más licencia permanente.

    • Los documentos que se presenten como soporte para solicitud de visa, diferentes a pasaportes o documentos de viaje válidos y vigentes, deberán tener fecha de expedición no mayor a tres (3) meses antes del registro de la solicitud.

      Todo documento creado o emitido en el exterior, deberá contar con apostilla o legalización y traducción oficial al castellano cuando no se encuentre en este idioma.

    • Para los extranjeros que participarán en convenciones, actividades empresariales, culturales o académicas.

    • Esta visa no permite trabajar en el territorio colombiano. Los portadores de pasaporte de países o territorios exentos de visa, determinados mediante Resolución, estarán exentos del trámite de este tipo de visa siempre que su permanencia en Colombia no exceda 180 días calendario y no reciba salario o sueldo en el país.

    • La visa de Visitante-Evento no permite el patrocinio de dependientes.

    • Hasta un (1) año. Puede ser por menos tiempo dependiendo del tiempo de la duración delo evento o de la decisión del oficial de visas.  La permanencia en el territorio nacional será de máximo ciento ochenta (180) días calendario, continuos o discontinuos, improrrogables en cada trescientos sesenta y cinco (365) días calendario desde la expedición de la visa.

    • Esta visa se emite con entradas múltiples.

    • La visa expirará automáticamente si el extranjero permanece en Colombia por más de 180 días continuos o discontinuos durante la vigencia de la visa.

    • El tiempo de tramitación del visado es de aproximadamente 45 días calendario a partir de la presentación de la documentación completa requerida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

    • Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia: Si el extranjero se encuentra en Colombia

      Consulado de Colombia: si el extranjero se encuentra en su lugar de residencia u origen.

    • El ejercicio de determinadas profesiones y actividades está regulado por los Consejos Profesionales. Para ejercer una profesión/actividad regulada es necesario contar con acreditaciones colombianas que varían desde un permiso profesional hasta una convalidación de título más licencia permanente.

    • Los documentos que se presenten como soporte para solicitud de visa, diferentes a pasaportes o documentos de viaje válidos y vigentes, deberán tener fecha de expedición no mayor a tres (3) meses antes del registro de la solicitud.

      Todo documento creado o emitido en el exterior, deberá contar con apostilla o legalización y traducción oficial al castellano cuando no se encuentre en este idioma.

    • Para los extranjeros que realizarán gestiones de negocios, estudios de mercado, planes o trámites de inversión directa y constitución de sociedad comercial, negociación, celebración de contratos o representación comercial.

    • Esta Visa no permite trabajar en el territorio colombiano ni vincularse al Sistema de Seguridad social en el país.

    • La visa de Visitante-Negocios no permite el patrocinio de dependientes.

    • Hasta 2 años. Puede ser por menos tiempo dependiendo del tiempo de la actividad o de la decisión del oficial de visas. La permanencia Colombia será de máximo 180 días calendario, continuos o discontinuos, improrrogables en cada 365 días calendario desde la expedición de la visa.

    • Esta visa se emite con entradas múltiples.

    • Esta visa expirará automáticamente si el extranjero permanece en el país por más de 180 días en un período de 365 días contados a partir de la fecha de emisión de la visa.

    • El tiempo de tramitación del visado es de aproximadamente 45 días calendario a partir de la presentación de la documentación completa requerida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

    • Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia: Si el extranjero se encuentra en Colombia

      Consulado de Colombia: Si el extranjero se encuentra en su lugar de residencia u origen

    • Los documentos que se presenten como soporte para solicitud de visa, diferentes a pasaportes o documentos de viaje válidos y vigentes, deberán tener fecha de expedición no mayor a tres (3) meses antes del registro de la solicitud.

      Todo documento creado o emitido en el exterior, deberá contar con apostilla o legalización y traducción oficial al castellano cuando no se encuentre en este idioma.

    • La visa Visitante-Nómada Digital se otorgará a los extranjeros que realizarán trabajo remoto o teletrabajo, desde Colombia para empresas extranjeras, o para iniciar un emprendimiento de contenido digital o tecnologías.

    • Esta visa no permite trabajar o desarrollar actividad remunerada con persona jurídica o natural domiciliada en el territorio nacional.

      Las nacionalidades restringidas no pueden aplicar a esta categoría de visa.

    • Hijos menores de 25 años.

      Cónyuge o compañero permanente.

    • Hasta dos (2) años. Puede ser por menos tiempo dependiendo de la decisión del oficial de visas.

    • Esta visa se emite con entradas múltiples.

    • La visa expirará automáticamente si cambian las circunstancias por las cuales fue otorgada.

    • El tiempo de tramitación del visado es de aproximadamente 45 días calendario a partir de la presentación de la documentación completa requerida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

    • Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia: Si el extranjero se encuentra en Colombia

      Consulado de Colombia: Si el extranjero se encuentra en su lugar de residencia o país de origen.

    • Los documentos que se presenten como soporte para solicitud de visa, diferentes a pasaportes o documentos de viaje válidos y vigentes, deberán tener fecha de expedición no mayor a tres (3) meses antes del registro de la solicitud.

      Todo documento creado o emitido en el exterior, deberá contar con apostilla o legalización y traducción oficial al castellano cuando no se encuentre en este idioma.

    • Para el extranjero que va a trabajar para una empresa colombiana con un contrato de Prestación de servicios, obra o labor.

    • Esta visa permite al extranjero trabajar exclusivamente para la entidad, puesto de trabajo, profesión o actividad para la cual fue otorgada.

    • Hijos menores de 25 años

      Cónyuge o pareja permanente.

    • La visa se puede otorgar con una validez máxima de hasta 2 años. Podría ser menor, dependiendo de la duración del contrato y la decisión del oficial de visas.

    • Esta visa se emite con entradas múltiples.

    • La visa expirará automáticamente si el contrato finaliza de manera anticipada.

    • El tiempo de tramitación del visado es de aproximadamente 45 días calendario a partir de la presentación de la documentación completa requerida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

    • Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia: Si el extranjero se encuentra en Colombia

      Consulado de Colombia: Si el extranjero se encuentra en su lugar de residencia o país de origen.

    • El ejercicio de determinadas profesiones y actividades está regulado por los Consejos Profesionales. Para ejercer una profesión/actividad regulada es necesario contar con acreditaciones colombianas que varían desde un permiso profesional hasta una convalidación de título más licencia permanente.

    • Para el extranjero que va a estar aguas jurisdiccionales colombianas como tripulante de embarcación, draga o en plataforma costa afuera.

    • Esta visa permite ejercer únicamente la actividad registrada y autorizada en la visa, y exclusivamente para la persona jurídica requirente.

    • La visa Visitante-Tripulante no admite dependientes.

    • Hasta 1 año. Puede ser por menos tiempo dependiendo del tiempo de la actividad o de la decisión del oficial de visas.

    • Esta visa se emite con entradas múltiples.

    • La visa expirará automáticamente si la actividad finaliza de manera anticipada.

    • El tiempo de tramitación del visado es de aproximadamente 45 días calendario a partir de la presentación de la documentación completa requerida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

    • Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia: Si el extranjero se encuentra en Colombia

      Consulado de Colombia en el país de residencia u origen: Si el solicitante se encuentra en el extranjero.

    • El ejercicio de determinadas profesiones y actividades está regulado por los Consejos Profesionales. Para ejercer una profesión/actividad regulada es necesario contar con acreditaciones colombianas que varían desde un permiso profesional hasta una convalidación de título más licencia permanente.

    • Los documentos que se presenten como soporte para solicitud de visa, diferentes a pasaportes o documentos de viaje válidos y vigentes, deberán tener fecha de expedición no mayor a tres (3) meses antes del registro de la solicitud.

      Todo documento creado o emitido en el exterior, deberá contar con apostilla o legalización y traducción oficial al castellano cuando no se encuentre en este idioma.

    • Exclusivamente para actividades de ocio, turismo o interés cultural.

    • La visa V Turismo no permite trabajar en el territorio colombiano. Al ingreso al país, la autoridad de control migratorio exigirá al extranjero demostrar que está en posesión del correspondiente tiquete de salida.

    • La visa Visitante-Turismo no admite dependientes.

    • Hasta un (1) año. La permanencia autorizada en el territorio nacional será de 90 días, prorrogable por otros 90 días calendario, continuos o discontinuos. La permanencia será improrrogable al completar 180 días. continuos o discontinuos dentro de cada trescientos sesenta y cinco (365) días calendario, contados a partir de la expedición de la visa.

    • Esta visa se emite con entradas múltiples.

    • La visa expirará automáticamente si el extranjero permanece en el país por más de 180 días en un período de 365 días contados a partir de la fecha de emisión de la visa.

    • El tiempo de tramitación del visado es de aproximadamente 45 días calendario a partir de la presentación de la documentación completa requerida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

    • Colombia: Nacionalidades restringidas. Si el extranjero se encuentra en Colombia con visa de turismo y desea renovarla.

      Consulado: si el extranjero se encuentra en su lugar de residencia u origen.

Para el extranjero que quiera visitar Colombia una o varias veces o permanecer temporalmente en el país sin establecerse de manera permanente.

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